Evaluación ambiental estratégica en la ciudad autónoma de Buenos Aires / Agustín Colombo

Por: Colombo, AgustínTipo de material: ArtículoArtículoDescripción: pp. 69-74Tema(s): Derecho ambiental | Legislación | Evaluación ambiental | Gobiernos municipales
Contenidos:
I. La ley 6014 -- II. Código urbanístico
En: Abeledo-Perrot Revista de Derecho AmbientalResumen: El autor analiza la incorporación de la evaluación ambiental estratégica (EAE) a la norma que regula el procedimiento de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y de qué modo la ciudad de Buenos Aires añade el instrumento de gestión ambiental dentro de los límites territoriales de su jurisdicción. Conforme el art.° 1 de la ley 123, su fin es coadyuvar a: - 1. Establecer el derecho de las personas a gozar de un ambiente sano, preservarlo y defenderlo en provecho y defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras -- 2. Preservar el patrimonio natural, cultural, urbanístico, arquitectónico y de calidad visual y sonora -- 3. Proteger la fauna y flora urbanas no perjudiciales -- 4. Racionalizar el uso de materiales y energía en el desarrollo del hábitat -- 5. Lograr un desarrollo sostenible y equitativo en la Ciudad -- 6. Mejorar y preservar la calidad del aire, suelo y agua -- 7. Regular toda otra actividad que se considere necesaria para el logro de los objetivos ambientales consagrados por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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N°58 (abril-junio 2019) Disponible 000728

I. La ley 6014 -- II. Código urbanístico

El autor analiza la incorporación de la evaluación ambiental estratégica (EAE) a la norma que regula el procedimiento de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y de qué modo la ciudad de Buenos Aires añade el instrumento de gestión ambiental dentro de los límites territoriales de su jurisdicción. Conforme el art.° 1 de la ley 123, su fin es coadyuvar a: - 1. Establecer el derecho de las personas a gozar de un ambiente sano, preservarlo y defenderlo en provecho y defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras -- 2. Preservar el patrimonio natural, cultural, urbanístico, arquitectónico y de calidad visual y sonora -- 3. Proteger la fauna y flora urbanas no perjudiciales -- 4. Racionalizar el uso de materiales y energía en el desarrollo del hábitat -- 5. Lograr un desarrollo sostenible y equitativo en la Ciudad -- 6. Mejorar y preservar la calidad del aire, suelo y agua -- 7. Regular toda otra actividad que se considere necesaria para el logro de los objetivos ambientales consagrados por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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