000 03129aam a22002414a 4500
999 _c308
_d308
007 ta
008 190523s2018 pe ||||g |||| 00| 0 spa d
020 _a9786123220686
040 _apelioef
_bspa
_cpelioef
082 1 4 _214
_a342.85
100 1 _aVera Novoa, Mario Ricardo.
_9686
245 1 _aProcedimiento administrativo disciplinario :
_baplicable a los servidores públicos /
260 3 _aLima :
_bInstituto Pacífico,
_c2018.
300 _a248 p.
_c24 cm.
500 _aAsignado a la Oficina de Asesoría Jurídica - OAJ
505 2 _aCapítulo 1. Ley de régimen disciplinario y procedimiento administrativo sancionador (Ley N.° 30057). Ley N.° 30057, Ley del Servicio Civil, Título V, Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador. Ley N.° 30057, Ley del Servicio Civil. Capítulo II. Reglamento del régimen disciplinario (D. S. N.° 040-2014-PCM). Reglamento general de la Ley N.° 30057, Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador. Capítulo III. Directiva del régimen disciplinario. (R. P. E. N.° 101-2015-SERVR-PE). Directiva N.° 02-15-SERVIR/GPGSC, Régimen disciplinario y procedimiento sancionador de la Ley N.° 30057, Ley del servicio civil. Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 101-2015-SERVIR-PE.
520 2 _a"El Procedimiento Administrativo Disciplinario, aplicable a los servidores públicos, está normado en su parte pertinente por la Ley N.º 30057, Ley SERVIR y lo previsto en su Reglamento General aprobado por el Decreto Supremo N.º 040-2014-PCM. Para una mejor aplicación de lo establecido en la ley y su reglamento, SERVIR ha emitido la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.º 101-2015-SERVIR-PE, publicada en el diario especial El Peruano en Separata Especial el 24 de marzo del 2015, que aprueba la Directiva N.º 02-2015-SERVIR/GPG5C denominada "Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley N.º 30057, Ley del Servicio Civil". El reglamento de la ley precisa, en su Undécima Disposición Complementaria Transitoria, que el título correspondiente al régimen disciplinario y procedimiento sancionador entrará en vigencia a los tres meses de su publicación. Habiendo ya transcurrido ese tiempo, las disposiciones sobre régimen disciplinario y procedimiento sancionador de la Ley N.º 30057, aplicables a los servidores públicos de los Decretos Legislativos N.os 276, 728 y 1057, están vigentes desde el 14 de setiembre del 2014. Con la aplicación del régimen disciplinario y procedimiento sancionador de la Ley del Servicio Civil, no se limita o restringe la facultad sancionadora de una entidad pública en cuanto al plazo de prescripción, toda vez que el principio de inmediatez es aplicable cuando no hay regulación al respecto; sin embargo, con la entrada en vigencia del Régimen Disciplinario de la Ley del Servicio Civil se han establecido los plazos correspondientes para la aplicación del procedimiento administrativo disciplinario."
650 1 4 _aDerecho administrativo
_910
650 2 4 _aLegislación
_921
650 2 4 _aAdministración pública
_9147
651 4 _aPerú
_95
942 0 0 _05
_2ddc
_cLIB